viernes, 28 de junio de 2019

ENFOQUE DEMOCRÁTICO

  • ENFOQUE DEMOCRÁTICO

son ciertos valores como la libertad, la responsabilidad, la igualdad, la tolerancia, la justicia, la pluralidad y la participación. Estos valores que la sostienen dependen de nosotros y de nuestra convicción para defenderlos y para generar ideas y soluciones. 
BENEFICIOS DE LA EDUCACIÓN DEMOCRÁTICA  
Aportan grandes beneficios basados en valores .esto ayuda al pequeño a mostrar empatía y a ser generoso con las demás personas.podemos incluir:
  • enseñar al alumno a estar satisfecho consigo mismo,fortaleciendo así la autoestima .
  • participación activa de todos los elementos que integran el sistema educativo :docentes ,alumnos, padres de familia ,y la comunidad.
fomentar el intercambio de ideas entre los alumnos para que puedan exponer sus intereses ,el docente sirve como facilitador y guía del conocimiento.Resultado de imagen para ENFOQUE DEMOCRATICO


viernes, 21 de junio de 2019

ENFOQUE DE DERECHO

ENFOQUE DE DERECHO

Este procura construir un orden centrado en la creación de relaciones sociales basadas en el reconocimiento y respeto mutuo y en la transparencia, de modo que la satisfacción de las necesidades materiales y subjetivas de todas las personas y colectividades, sin excepción alguna, constituya una obligación jurídica y social.  buscando construir mecanismos jurídicos y políticos que transformen las instituciones, y consecuentemente la vida social y cotidiana de las personas con base en una nueva ética del desarrollo humano.
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viernes, 14 de junio de 2019

UNIVERSALISMO VERSUS COMUNITARISMO

EL UNIVERSALISMO
Es la doctrina filosófica que afirma la existencia de ciertos principios que son universalmente indiscutibles, por ser verdaderos, y que por lo tanto deben ser admitidos por todas las personas y grupos culturales como guía para sus conductas y para distinguir las acciones buenas de las malas.
A nivel teológico, cada religión intenta que sus creencias sean reconocidas como las únicas verdaderas.
Políticamente, se trata de Estados que pretenden extender y concentrar su poder, a través de políticas imperialistas.
COMUNITARISMO
El comunitarismo como filosofía aparece a finales del siglo xx en oposición a determinados aspectos del individualismo y en defensa de fenómenos como la sociedad civil.  centra su interés en las comunidad (entendidas como soberanías intermedias) y sociedades y no en el individuo. Los comunitaristas creen que a las comunidades no se les da la suficiente importancia en las teorías liberales de la justicia y comprometen las posibilidades de que la ciudadanía participe activamente en el debate público.



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viernes, 7 de junio de 2019

DERECHO FORMAL ,DERECHO CONSUETUDINARIO

DERECHO FORMAL.
El derecho formal es aquel que se encuentra en las leyes, códigos y demás disposiciones jurídicas materiales que regulan la conducta del hombre en la sociedad y que pueden sancionarlo si comete alguna irregularidad (delito) ya que cuentan con diferentes procedimientos establecidos .
Resultado de imagen para derecho formalDERECHO CONSUETUDINARIO
Derecho consuetudinario indígena "es precisamente que se trata de un conjunto de costumbres reconocidas y compartidas por una colectividad (comunidad, pueblo, tribu, grupo étnico o religioso, etc.), a diferencia de leyes escritas que emanan de una autoridad política constituida y, cuya aplicación está en manos de esta autoridad, es decir, generalmente el Estado. 
A ello habría que agregar, que un elemento distintivo del Derecho consuetudinario es el hecho de ser generado por un sujeto colectivo difuso, de ser también verificado de manera colectiva y, siendo por ello ante todo recreación.  Es el caso del Derecho positivo moderno donde si bien en la generación de la norma pueden intervenir muchas personas, el sujeto es unívoco: la autoridad. Por otro lado, un elemento distintivo del Derecho positivo, pontificado por todos sus teóricos, es la existencia unívoca de la norma, que permite al enfrentarla, conocer de manera más o menos cierta su contenido; "la ignorancia del Derecho no excusa su aplicación", es un viejo adagio jurídico, muestra la preeminencia del formalismo jurídico sobre la realidad social.
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viernes, 31 de mayo de 2019

DERECHOS COLECTIVOS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS.

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas 
El convenio hace hincapié en los derechos de trabajo de los pueblos indígenas y su derechos ala tierra y al territorio, a la salud y a la educación.
Determinando la protección de "los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios" de los pueblos indígenas, y define "la importancia especial que para las culturas de nuestro territorio y valores espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o territorios". Así como la importancia de las actividades económicas tradicionales para su cultura. También que los servicios de salud para indígenas deberán organizarse en forma comunitaria, incluyendo los métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales. Los programas de educación "deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores" y además, "deberán adoptarse disposiciones para preservar las lenguas indígenas".
Los derechos colectivos de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución Política del Perú, el Convenio 169, entre otros tratados internacionales incluyen:
1) El derecho a la identidad cultural.
2) El derecho a la participación de los pueblos indígenas.
3) El derecho a la consulta.
4) El derecho a elegir sus prioridades de desarrollo.
5) El derecho a conservar sus costumbres, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales reconocidos internacional mente.
6) El derecho a la jurisdicción especial.
7) El derecho a la tierra y el territorio, es decir al uso de los recursos naturales que se encuentran en su ámbito geográfico y que utilizan tradicionalmente de la legislación vigente.
8) El derecho a la salud con enfoque intercultural.
9) El derecho a la educación intercultural

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viernes, 24 de mayo de 2019

DERECHOS INDIVIDUALES

derechos individuales no son regalos de una divinidad ni permisos concedidos por el gobierno, sino que son necesarios por la naturaleza del hombre como ser racional. 
Una sociedad es libre cuando garantiza los derechos morales del hombre a la vida, la libertad, la propiedad y la búsqueda de la felicidad.

¿Qué son derechos?
Los derechos humanos son “el reconocimiento de la dignidad inalienable de los seres humanos”. Libre de discriminación, desigualdad o distinciones de cualquier índole, la dignidad humana es universal, igual e inalienable.
La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por la tercera Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 en París.

CARACTERÍSTICAS:
  • Los derechos humanos son universales, lo que permite que todo ser humano sin excepción alguna tenga acceso a ellos.
  • Los derechos humanos son  imprescriptibles porque no tiene limite ni fecha de caducidad y es de por vida. 
  • Los derechos humanos son indivisibles. Cada uno de ellos va unido al resto de tal modo que negarse a reconocer uno o privarnos de él, pondría en peligro el mantenimiento del resto de derechos humanos que nos corresponde.
  • Los derechos humanos hacen iguales y libres a todo ser humano desde el momento de su nacimiento.
  • Es inherente a cada persona,todo ser humano tiene derecho desde que fue concebido.
  • Son  inalienables, dado que ningún ser humano puede renunciar a ellos ni transferirlos.
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sábado, 11 de mayo de 2019

DEMOCRACIA CLÁSICA Y MODERNA


Democracia clásica:
 La democracia ateniense era una democracia directa, era el pueblo quien decidía las decisiones políticas gracias a la aclamación. Este tipo de democracia era posible ya que sus polis eran pequeñas y estaban formadas por pocos habitantes.

La democracia moderna

 La democracia moderna aparece dentro de los estados modernos. Una de las características más distintivas de estos es la existencia de una estructura institucional y administrativa pública (el Estado) que se entiende como una realidad diferenciada del agregado de individuos privados (la sociedad). Esta distinción no tenía lugar en la antigüedad. 
la Democracia actual se representa como un sistema representativo y no directo de participación política. Hoy en día se puede desarrollar una democracia directa ya que se produce un control del gobierno, debido a que su territorio es más extenso y sus Habitantes son más numerosos que en la democracia griega.

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